Misión y Función
MISIÓN
La Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda, tiene como misión asistir al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; en la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas integrales de Ordenamiento Territorial y Usos de Suelo en el ámbito provincial, municipal y regional, la Registración y Publicación de los derechos sobre inmuebles de toda la provincia y todo lo atinente al catastro provincial, la implementación y la elaboración de una Infraestructura de Datos Espaciales como instrumento y estrategias de integración de datos, como así también definir los lineamiento generales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbanístico asistiendo a los gobiernos municipales locales en este sentido, en el marco de los planes regionales y locales de desarrollo dentro del marco jurídico correspondiente; entendiendo que el Ordenamiento Territorial y el acceso a la vivienda es una política pública, destinada a orientar el proceso de producción social del espacio, mediante la aplicación de medidas que tienen por finalidad, la mejora de la calidad de vida de la población, a través de su integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales.
FUNCIÓN
- 1) La implementación, seguimiento y control de programas que aseguren mejorar las condiciones de las familias jujeñas, procurando el acceso de los ciudadanos al suelo urbano y a una vivienda, promoviendo la integración física y social.
- 2) El régimen catastral, la fijación, determinación y actualización de los valores de los inmuebles de la Provincia.
- 3) La realización y fiscalización de los trabajos geodésicos, topográficos, fotométricos y de fotointerpretación.
- 4) El perfeccionamiento de la red altimétrica de la provincia así como la realización de la cartografía oficial y el control de la cartografía privada.
- 5) La realización de las mensuras y peritajes oficiales, y la fiscalización y aprobación de las mensuras y subdivisiones de la tierra.
- 6) El Registro y Centralización de la documentación de carácter técnico legal vinculado a la tierra rural o urbana de propiedad de la Provincia.
- 7) El Registro de todos los inmuebles de la Provincia.
- 8) La registración de documentos que contengan la transferencia, desmembración y/o mutación de derechos reales.
- 9) La publicidad y oponibilidad a terceros de los derechos sobre inmuebles.
- 10) El Registro en libros especiales de los inmuebles de propiedad comunitaria de los pueblos originarios en el ámbito de toda la Provincia, en conjunto con el Registro Inmobiliario.
- 11) Implementar bajo su órbita el Programa de Infraestructura de Datos Espaciales de Jujuy potenciando su desarrollo y difusión.
- 12) Establecer los principios, normas y contextos organizacionales necesarios que orienten la producción, uso y gestión de la información geográfica.
- 13) Promover la redacción, análisis, discusión y aprobación de una Ley Provincial de Ordenamiento Territorial y Usos de Suelo que tenga por objeto el establecimiento de los presupuestos mínimos para el desarrollo sustentable, territorialmente equilibrado y socialmente justo, a través de la regulación del uso del suelo como recurso natural, económico y social, y de la localización condicionada de las actividades antrópicas.
- 14) El desarrollo e implementación de planes orientados a hacer efectivo el acceso a la tierra a todos los ciudadanos de la Provincia de Jujuy.
- 15) Establecer los requerimientos de tierras para el cumplimiento de los objetivos establecidos por el Poder Ejecutivo.
- 16) Ordenar, direccionar y articular con los organismos del sector público y con los entes que participen en la promoción y distribución de la tierra adecuada para el desarrollo de individuos y comunidades.
- 17) La determinación y coordinación con los Organismo específicos de los planes y programas necesarios para la urbanización social mediante la adjudicación de la Tierra Fiscal.
- 18) Relocalizar los asentamientos mediante planes y programas que respondan a la necesidad social de la vivienda en coordinación con la política habitacional.
- 19) Suscribir convenios de colaboración con las entidades públicas estatales o no y/o privadas para el cumplimiento de sus fines.
- 20) Representar a la Provincia en el Consejo interministerial de tierras rurales en el organismo que lo reemplace.
- 21) Todas las demás gestiones que se le encomienden y el desarrollo de las actividades que correspondan a las finalidades asignadas